Tiene miga lo de la "sabadidad" con agravante de "puenticidad" (para quienes lo hayan disfrutado). Que no haya sábado de esos que lo último que se te ocurre es mirar el Boletín Oficial del Estado que el mismo publique algo que luego nos vaya a quebrar la cabeza una temporada. En fin, que en el del sábado pasado día 21 (con mis amistades repartidas por la Península Ibérica y yo en mi casa con mi madre) el BOE ha publicado algo que, ya fuera de broma, merece todo nuestro interés. Lo bueno es que se ha publicado; lo malo, que el Real Decreto al que me estoy refiriendo tiene 45 páginas. Se trata de la regulación "de las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural". Todavía no me ha dado tiempo a leerlo pero para que podáis hacerlo por vuestra cuenta pinchad aquí y tendréis acceso al mismo. Me imagino que dará que hablar y, en nuestro caso, dará que estudiar.
Nota: para ser normativa que desarrolla la Ley de Igualdad, no consta que se haya realizado el preceptivo informe de impacto de género y el lenguaje, con todos mis respetos, podría haber sido manifiestamente mejorable. Valga como ejemplo que en todo el texto no existen hijas, sólo hijos.
En el mismo BOE se publica también otro Real Decreto que modifica las prestaciones por muerte y supervivencia en el sentido de considerar la constitución de pareja de hecho como causa extintiva de la pensión de viudedad y actualización de la normativa de la pensión de orfandad para la filiación extramatrimonial. Si queréis ver la norma pinchad aquí.
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