El BOE de hoy publica la convocatoria de 50 plazas para un cuerpo que estaba sin mi: el de Aspirantes a Registradores(/as) de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. Creía yo en mi ignorancia que cuando una era capaz de regurgitar el temario y aprobar una oposición salvaje donde las haya era para poder regentar un Registro de la Propiedad y similares inmediatamente después y mira por donde que según parece desprenderse de la convocatoria entras en una especie de bolsa y se van cubriendo vacantes según se van produciendo, así que si tienes mal número y no se muere ninguna persona titular hay que esperarse, digo yo.
Bueno, que me voy por las ramas, que quienes tengáis la Licenciatura de Derecho tenéis treinta días para presentar la solicitud pagando los derechos de examen. Podéis ver la convocatoria pinchando aquí y el temario más vale que llevéis estudiándolo una temporada larga porque es de órdago. Según podéis ver en la convocatoria es cansado hasta buscarlo porque dice que se regirán los dos primeros ejercicios por el aprobado por Resolución de 10 de abril de 1996 (BOE de 25 de abril), con las modificaciones introducidas por anexo de la Resolución de 12 de diciembre de 2002 (BOE de 10 de enero de 2003) y su corrección de errores (BOE de 20 de mayo de 2003) y por anexo de la Resolución de 14 de diciembre de 2004 (BOE de 1 de febrero de 2005) y su corrección de errores (BOE de 28 de febrero de 2005). Sintiéndolo mucho no tengo ganas de consultar cinco boletines. Echadle un ojo si tenéis fuerza.
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