jueves, octubre 27, 2016

Reforma de las bases reguladoras de las subvenciones para Centros de la Mujer y recursos de acogida.

http://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2016/10/26/pdf/2016_11271.pdf&tipo=rutaDocm
El DOCM de ayer día 26 de octubre publicó la Orden que establece las bases reguladoras de las subvenciones para la gestión del funcionamiento de los centros de la mujer y recursos de acogida en Castilla-La Mancha. Podéis verlas pinchando en la imagen.
Cambian algunos aspectos de la regulación anterior, que se publicó en 2012 (año de infausto recuerdo), como las retribuciones (subirán un poquito los sueldos a partir de enero aunque siguen subvencionando sólo 32 horas para los Centros, que casi ningún Ayuntamiento completa luego), se revisan las titulaciones (sobre todo del área laboral), se obliga a la presentación telémática de la solicitud, etc. y siguen admitiéndose entidades privadas sin ánimo de lucro ya que no cambia el artículo 6 que lo permite incluso aunque no tengan el domicilio fiscal en Castilla-La Mancha. 
En cuanto al número de profesionales se sigue garantizando el servicio de asesor/a jurídico/a y psicóloga/o como mínimo, que serán las/os únicas/os profesionales en las demarcaciones de 10.000 habitantes o menos (salvo que se repartan las horas si contratan más) y la orden sigue regulando el número de personas que pueden prestar el servicio según la población pudiendo haber hasta 7 en demarcaciones con una población de más de 150.000 habitantes. Y la Orden sigue hablando de "auxiliar administrativo" en masculino e incluyendo sólo demostrativos y artículos masculinos al hablar de profesionales.

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