Tengo la boca con un mal sabor que no me quito desde que he leido que una mujer, casi una niña (tenía 14 años) fue lapidada a finales del pasado mes en Somalia. 50 hombres tiraron piedras hasta matar, delante de mil personas, a Aisha Ibrahim Duhulow. ¿Su delito?: según sus asesinos, adulterio. ¿Los hechos?: de camino a casa de su abuela la niña fue violada por tres hombres, acudió a denunciar los hechos a las autoridades y, en lugar de auxiliarla, la procesaron, la condenaron y la mataron. Fue condenada según la ley islámica 'sharia'. En ninguna de las notas que he leído sobre la muerte dice que le ocurriera nada a los hombres que la violaron.
He estado mirando en Internet y parece que dentro de la 'sharia' se regulan y penan un especial tipo de ofensas llamadas 'hadd' que se castigan con las penas más graves entre las que están los azotes, la amputación de una mano y, por supuesto, la lapidación. Entre las conductas que entrarían en esa parcela se incluyen las relaciones sexuales fuera del matrimonio (adulterio), acusaciones falsas, beber alcohol, el robo y el asalto en rutas. Así, el adulterio conlleva la pena de lapidación o azotes, mientras que el robo está penado con la amputación de una mano. Si nos atenemos a los casos de mujeres lapidadas, parecen considerar adulterio cualesquiera relaciones fuera del matrimonio, sean o no consentidas (en este caso había habido violación) y no parece que sean muy de aplicación a los varones agresores sexuales.
Parece ser que, al igual que el valor económico de una mujer a efectos de indemnización es en algunos países la mitad del valor de un hombre (de un camello a medio camello) una mujer necesita doble testimonio en juicio para probar lo que dice y, en caso de violación, el testimonio de cuatro personas que no sean de su familia. Como normalmente las violaciones no suelen cometerse delante de testigos, las mujeres violadas tienen dificilísimo probar la agresión y si, además, quedan embarazadas como consecuencia de la agresión, el niño o la niña que nazca será prueba del "adulterio" de su madre con lo que la condena se cumple cuando acaba el período de lactancia.
En otro orden de cosas, la sharia tipifica también el ser homosexual, la desobediencia de las mujeres hacia la autoridad del padre o el esposo, las relaciones con infieles pertenecientes al mundo no islámico y el no cumplimiento de las normas de vestimenta de las mujeres (de nuevo sólo ellas deben cumplir esas normas). Como vemos, distinta vara de medir para hombres y mujeres. En todo caso inhumanidad. Ningún fundamentalismo, religioso o del tipo que sea, debiera ser permitido.
En otro orden de cosas, la sharia tipifica también el ser homosexual, la desobediencia de las mujeres hacia la autoridad del padre o el esposo, las relaciones con infieles pertenecientes al mundo no islámico y el no cumplimiento de las normas de vestimenta de las mujeres (de nuevo sólo ellas deben cumplir esas normas). Como vemos, distinta vara de medir para hombres y mujeres. En todo caso inhumanidad. Ningún fundamentalismo, religioso o del tipo que sea, debiera ser permitido.
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