Mis amigas del blog de viudas perjudicadas por la Ley 40/2007 van a tener que añadirle nombre al blog. Así que parece claro que si no hay pensión compensatoria no hay pensión de viudedad salvo que fueran víctimas de maltrato y puedan acreditarlo claro y, además, las que tengan derecho a pensión de viudedad, si la misma les sale más alta que la compensatoria, verán reducido su derecho al importe de la misma. Salvo que alguien vea más claro y más positivo que yo, esta es la felicitación navideña de la Ley de Presupuestos.
No me han quedado ganas de seguir investigando ni para analizar en clave de género las macrocantidades (y sobre todo las microcantidades) que ordena la Ley para cada Ministerio, sobre todo en cuestiones de igualdad, pero sí he estado buscando el informe de impacto de género de la Ley de Presupuestos y no lo he encontrado en Internet, así que si alguien lo tiene ya me lo está pasando "a ver qué dice de esto". Para lo que tampoco me han quedado ganas es para escribir sobre el "maravilloso" lenguaje que utiliza la ley tan adaptado a las disposiciones de la Ley para la Igualdad al respecto. En fin, me voy a comer que tengo a mi señora madre haciendo arroz con conejo, que me gusta mucho.
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